Luego de un intenso debate, el
oficialismo aprobó esta medida ante el ofuscamiento y rechazo de los
legisladores opositores.
El Poder Legislativo, a través de
la ley Nº 7971 sancionó con fuerza de ley la modificatoria del Régimen
Electoral Provincial, regulado en la norma 4169 y Sistema de Elecciones
Primarias Abiertas, Simultaneas y Obligatorias, contemplado en la ley 7141.
La iniciativa fue promovida por
los diputados Acosta, Alonso, Bacileff Ivanoff, Bogado, Bracone, Charole,
Cuesta, Damilano Grivarello, Fonseca, Guillon, Panzardi, Paredes, Pértile,
Sager, Sánchez, Segovia, Tichy y Vega.
La votación arrojó 19 votos
afirmativos del PJ, Concertación Forja y Libres del Sur, 12 negativos del
Interbloque Cambiemos y 1 despacho propio votado por Daniel Trabalón – Frente
Grande-.
La normativa sancionada dispone
una modificación al Régimen Electoral Provincial, en su artículo 48 en cuanto a
los plazos de convocatoria, la que deberá hacerse con 90 días corridos de
anticipación al acto eleccionario, el que se llevará a cabo dentro del año
calendario correspondiente al vencimiento de los mandatos.
Además estableció una alteración
al artículo 3 de la ley 7141-Sistema de Elecciones Primarias, Abiertas,
Simultáneas y Obligatorias ‘PASO’- y sus modificatorias, disponiendo en este caso que la convocatoria
a elecciones primarias provinciales la realizará el Poder Ejecutivo con 75 días
corridos de anticipación, como mínimo, a la fecha del comicio respectivo, la
fecha que se establezca para las elecciones primarias provinciales o
municipales donde se disputen cargos legislativos y/o ejecutivos provinciales o
municipales, no coincidirán con la fecha fijadas para las elecciones primarias
legislativas nacionales y/o presidenciales.
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